Derecho a asistencia jurídica gratuita en conflictos laborales

Actualmente en España, por ser trabajador activo y/o beneficiario de la Seguridad Social, tienes derecho por la Ley de Procedimiento Laboral, a solicitar la asistencia de una abogado de oficio, independientemente de tus ingresos.

¿ Como solicitarlo ?

Tan fácil como acudir al colegio de abogados de tu localidad, pide que te den una solicitud, la rellenas y que te sellen tu copia.

Mientras quedas a la espera de respuesta, los plazos de demanda quedan paralizados.

¿ Como demandar a la empresa ?

Lo primero es dirigirnos al CEMAC ( Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación ), solicitamos una papeleta de conciliación y la presentamos. En el plazo de 15 días hábiles nos deben citar a ambas partes para un acto de conciliación.
Recuerda que tienes 20 días hábiles desde el hecho causante de la disputa, hasta la presentación de la papeleta.
Para este acto no es necesario acudir con asistencia letrada jurídica, pero si que es recomendable, Si se resuelve el conflicto en este acto, pues mejor llegar a un acuerdo. De no haber este acuerdo, entonces ya debemos demandar judicialmente por el Juzgado de lo Social.

Debemos tener en cuenta que el solicitar el abogado de oficio, te da derecho a toda la asistencia judicial jurídica, tasas, peritos, etc...
A tener en cuenta, que la gratuidad del abogado es de inicio, es decir, que lo mismo se genera un derecho a costas. En el caso de que el abogado te consiga una indenmización por despido, salarios atrasados, pluses atrasados, etc...el abogado puede hacer una minuta por sus servicio de hasta un tercio de lo conseguido. Si no se gana el juicio es totalmente gratuito, no hay que pagar nada.



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